Los beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de 52 años también pueden optar por la jubilación anticipada, ya sea forzosa o voluntaria: tienen la opción de continuar recibiendo el subsidio hasta la edad legal de jubilación o jubilarse anticipadamente.
Según la legislación actual, los desempleados mayores de 52 años que reciben el subsidio por desempleo pueden acceder a la jubilación anticipada si cumplen ciertos requisitos. Aunque sean beneficiarios del subsidio, la pensión será superior a los 480 euros mensuales del subsidio. Sin embargo, también puede ser beneficioso continuar cobrando el subsidio y esperar a la edad legal de jubilación, momento en el cual la pensión mensual sería mayor.
Para ser beneficiario del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, además de haber sido despedido por ERE o despido objetivo por causas económicas, se deben acreditar al menos 6 años de cotización al desempleo a lo largo de la vida laboral y no tener ingresos superiores, en cómputo mensual, al 75% del SMI, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Cabe recordar que la jubilación anticipada por desempleo se puede adelantar hasta cuatro años respecto a la edad ordinaria si el trabajador fue incluido en un despido colectivo y ha cotizado al menos 33 años. En cuanto a la jubilación anticipada voluntaria, se puede adelantar dos años respecto a la edad ordinaria con al menos 35 años de cotización, lo que puede hacer que a muchos de estos desempleados les resulte conveniente jubilarse anticipadamente, según sus circunstancias personales y cotizaciones.
El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, que adelantó el subsidio para mayores de 55 años a 52, también eliminó los requisitos para acceder a la jubilación anticipada como causa de extinción del subsidio, según explica Eva María Blázquez Agudo, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Carlos III de Madrid, en un artículo del Instituto BBVA de Pensiones.
De esta manera, «los mayores de 52 años que cumplen ciertos requisitos y se acogen al subsidio por desempleo pueden acceder a la jubilación anticipada si cumplen todas las condiciones, excepto la edad. Bajo la regulación anterior, cuando el beneficiario del subsidio para mayores de 55 años cumplía los requisitos para la jubilación anticipada, automáticamente perdía el derecho al subsidio».
Así, como se quedaba sin recursos y sin la cotización para la jubilación que el subsidio ofrecía, el beneficiario solo tenía la opción de solicitar la pensión de jubilación. La particularidad del subsidio para mayores de 52 años en comparación con otras prestaciones es que cotiza para la jubilación. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cotiza por el 125% de la base mínima de cotización vigente cada año.
(Expansión, 31-07-2024)